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Título: MECANISMOS DE CONTROL EN EL REGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO (RTS) EN LAS ACTIVIDADES DE EXPENDIO DE COMIDA RAPIDA EN LA CIUDAD DE SUCRE
Autor Institucional:
CESIÓN DE DERECHOS i DEDICATORIA ii AGRADECIMIENTOS iii ÍNDICE ivi ÍNDICE DE TABLAS vi ÍNDICE DE GRÁFICOS vii INDICE DE ANEXOS viii RESÚMEN viii CAPÍTULO I 1 INTRODUCCIÓN 1 1.1 Antecedentes 1 1.2 Justificación 2 1.2.1 Delimitación Geográfica 2 1.3 Metodología 4 1.3.1 Tipos de Investigación 4 1.3 Métodos de Investigación 4 1.3.2.1 Métodos Teóricos 4 1.3.2.2 Métodos Empíricos 5 1.3.2.3 Población y Muestra 6 1.4 Objetivos 6 1.4.1 Objetivo General 6 1.4.2 Objetivos Específicos 6 CAPITULO II 7 DESARROLLO 7 2.1 Marco Teórico 7 2.1.1 Marco Contextual 7 2.1.2 Marco Conceptual 8 2.1.3 Bases Legales 9 2.1.4 Régimen Tributario Simplificado 11 2.1.4.1 Procedimiento de control del Régimen Tributario Simplificado (RTS) 13 2.1.4.2 Comerciantes Minoristas 14 2.1.4.3 Vivanderos / Comerciantes Minoristas 14 2.1.4.4Artesanos 15 2.1.4.5 Actividades y Categorías 15 2.1.4.6 Cambio de Categoría 16 2.1.4.7 Exclusiones 16 2.1.4.8 Cual será el procedimiento adecuado de control de la (RTS) 17 2.1.4.9 Opciones que se plantean para el control del (RTS) 17 2.1.4.10 Restaurantes o lugares de expendio de comida rápida 18 2.2 Información y Datos Obtenidos 18 2.3 Análisis y Discusión 24 CAPITULO III 25 CONCLUSIONES 25 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 26 ANEXOS 26
El Régimen Tributario Simplificado es una forma Simplificada para el pago de impuestos, fue creada mediante Decreto Supremo Nº 21521 de fecha 24 de febrero de 1987; que en su art. 1º señala: “Se establece un Régimen Tributario Simplificado transitorio para la liquidación y pago unificado de los impuestos al valor agregado, a las transacciones, a la renta presunta de empresas y al régimen complementario al impuesto al valor agregado; siendo los sujetos pasivos del RTS: comerciantes minoristas, vivanderos y artesanos. Posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 24484 de fecha 29 de enero de 1997, se abrogó el D.S. Nº 21521, estableciéndose el RTS con carácter transitorio, para las actividades realizadas por los artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos, que cumplan con las características indicadas en el art. 3 (modificado por D.S. Nº 27494 de 14/05/2004 y D.S. Nº 27924 de 20/12/2004) y que no se encuentren en los casos de exclusión previstos por el art. 7 (por ejemplo los que comercializan aparatos electrónicos y electrodomésticos, los que están inscritos en el Impuesto a los Consumos Específicos). Fuera de la actividad que realiza el sujeto pasivo, se consideran criterios de capital (Bs. 12.001 hasta Bs. 37.000), precio unitario del producto y total de ingresos anuales, para determinar si corresponde que sea sujeto pasivo del RTS o en su caso deba inscribirse al Régimen General. Los contribuyentes inscritos en este régimen o aquellas personas que quieren comenzar sus actividades comerciales no tienen el conocimiento necesario de lo que implica este régimen y su efecto en la recaudación Tributaria, El presente trabajo de investigación realizado y plasmado en la monografía sobre Mecanismos de Control en el Régimen Tributario Simplificado es de gran importancia para el área tributaria debido a que la falta para el control del Régimen mencionado es un problema latente para la economía y desarrollo de nuestro País.