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Título: PROPUESTA DE ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 59 DECLARATORIA DE INTERDICCIÓN DEL CÓDIGO DE LAS FAMILIAS, PARA EVITAR LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL O PSÍQUICA EN BOLIVIA
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CAPITULO I 1 INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………………1 1.1. Situación Problemica 2 1.2. Formulación del problema 3 1.3. Justificación 3 1.4. Objetivos 4 1.4.1. Objetivo General 4 1.4.2. Objetivos Específicos 4 1.5. Objeto de estudio 4 1.6. Campo de acción 4 1.7. Idea a defender 4 CAPÍTULO II 5 MARCO TEÓRICO……………………………….…………………………………………………5 2.1. Marco Contextual 5 2.1.1. Contexto Histórico 5 2.1.2. Contexto Social 14 2.1.3. Contexto jurídico 18 2.2. Marco Conceptual 29 2.2.1. Capacidad jurídica 30 2.2.2 Igualdad 30 2.2.2. No discriminación en razón de discapacidad 30 2.2.3. Interdicción 31 2.2.4. Tutela 31 2.2.5. Tutor 31 2.2.6. Curador 31 2.2.7. Enfermedad 32 2.2.8. Discapacidad 32 2.2.9. Sistema de apoyos 32 2.2.10. Aproximación a Salvaguardia 33 CAPÍTULO III 34 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN 34 3.1. Tipo de investigación y enfoque 34 3.1.1. Métodos 34 3.1.2. Técnicas 35 3.2. Población. 36 3.3. Tipo de muestreo 36 3.4. Tamaño de la muestra 37 3.5. Diseño de Instrumentos para la recolección de la información 37 CAPÍTULO IV 38 DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN…………………………..………………………….38 4.1 Presentación de resultados y análisis 38 4.1.1. Análisis sobre las normativas nacionales e internacionales referidas a la capacidad jurídica e interdicción. 38 4.1.2. Derecho Comparado 45 4.1.3. Información recabada mediante entrevistas 84 4.2. Propuesta 94 CAPÍTULO V 97 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.……………………………………………….….97 5.1 Conclusiones 97 5.2 Recomendaciones 100 BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................... ANEXOS LISTA DE TABLAS Tabla 2.1 Artículos derogados en el Código de Familia de Costa Rica referido a la interdicción………..28 Tabla 2.2 Artículos derogados del Código Procesal Civil de Costa Rica referido a la interdicción…………………………………………………………………………………………….28 Tabla 2.3 Artículos de la Ley Nro. 9379/2016 para la Promoción de la Autonomía Personal de Personas con Discapacidad en Costa Rica…………………………………………………………………...30 Tabla 2.4 Preceptos normativos en la Constitución Política del Estado de Perú y la Ley General de la Persona con Discapacidad respecto a la capacidad jurídica……………………………………34 Tabla 2.5 Artículos derogados en cada libro del Código Civil Peruano respecto a la capacidad jurídica para estar acorde a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad …39 Tabla 2.6 Preceptos normativos del Código Civil Peruano, derogados por el Decreto Ley 1384 /2018…39 Tabla 2.7 Artículos de la Ley 1306 /2009 respecto a la figura de la interdicción en Colombia…………..42 Tabla 2.8 Aspectos negativos de la interdicción frente al sistema de apoyos…………………………….48 Tabla 2.9 Normativas Mexicanas en relación a la Interdicción: ……………………………………………53 Tabla 4.1 Modelos de la discapacidad a través de la historia ……………………………………………..68 Tabla 4.2 La interdicción a través de la historia…………………………………………….........................70 Tabla 4.3 Normativas constitucionales y convencionales que estarían siendo infringidas por el artículo 59 (declaratoria de interdicción) del Código de las Familias. ………………………………….. 73 Tabla 4.4 Datos eh información sobre la interdicción en otros países……………………………………..79 Tabla 4.5 Entrevistas realizadas con representante de entidades estatales y no estatales…………….87 Tabla 4.6 Entrevistas realizadas a autoridades judiciales………………………………………………..…89
El objetivo principal del presente trabajo de investigación es proponer una acción de inconstitucionalidad del articulo 59 declaratoria de interdicción del Código de las familias, para evitar la vulneración del derecho a la capacidad jurídica de las personas con discapacidad mental en Bolivia. Para ello, se examina la evolución histórica de la discapacidad y la declaratoria de interdicción. Asimismo, se estudia su regulación en diversas normativas nacionales e internacionales, evaluando su impacto en la capacidad jurídica de las personas con discapacidad y explorando alternativas adoptadas en otros países para garantizar su autonomía y el pleno ejercicio de sus derechos. El estudio se desarrolla a partir de un enfoque cualitativo, siendo un tipo de investigación jurídico propositivo, según las fuentes de información es documental y de campo, aplicando el método histórico, método bibliográfico, método deductivo y método de derecho comparado, teniendo como técnica el análisis documental y la entrevista, esta última fue dirigida a autoridades judiciales y a representantes de instituciones estatales y no estatales que brindan servicios a personas con discapacidad. Los resultados de la investigación evidencian que la declaratoria de interdicción, en su forma tradicional, limita significativamente la capacidad jurídica de las personas con discapacidad. Se constató que el modelo vigente en Bolivia aún se basa en enfoques restrictivos que sustituyen la voluntad de la persona en lugar de brindarle mecanismos de apoyo para la toma de decisiones. Asimismo, el análisis comparado con otras legislaciones internacionales permitió identificar sistemas más inclusivos que promueven el respeto por la autodeterminación de las personas con discapacidad. Se observó que la normativa internacional, especialmente la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), impulsa una transformación en la forma de abordar la capacidad jurídica, orientándose hacia modelos de apoyo y salvaguardias en lugar de la restricción absoluta. Sin embargo, en Bolivia, persisten la falta de adecuación normativa a estos estándares internacionales. En la conclusión, se destaca que acción de inconstitucionalidad se convierte en una vía que permitirá sacar del ordenamiento jurídico nacional el mencionado precepto normativo, y así mismo agilizar la implementación de apoyos y salvaguardias al cual hace referencia la Convención, para que personas con discapacidad puedan ejercer su capacidad jurídica, respetando plenamente su voluntad y preferencias.