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Título: REFORMA PARCIAL DEL ARTÍCULO SESENTA Y TRES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PARA EL RECONOCIMIENTO DEL MATRIMONIO HOMOSEXUAL, GARANTIZANDO LA SEGURIDAD JURÍDICA A LA POBLACIÓN CON DIVERSA ORIENTACIÓN E IDENTIDAD SEXUAL EN EL ESTADO PLURINACIONAL
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ÍNDICE CARTA DE CESIÓN DE DERECHOS i DEDICATORIA ii AGRADECIMIENTOS iii RESUMEN iv 1. Antecedentes. 1 2. Situación Problémica. 2 3. Formulación del Problema de Investigación 3 4. Justificación 4 5. Objeto de Estudio 6 6. Campo de Acción. 6 7. Idea a Defender. 6 8. OBJETIVOS 6 8.1. Objetivo General. 6 8.2. Objetivos Específicos. 6 9. Diseño Metodológico. 7 9.1. Tipo de Investigación 7 9.1. Métodos Teóricos. 7 9.2. Método Empírico 8 9.3. Técnicas de Investigación 9 9.3. Instrumentos 9 10. POBLACIÓN 10 10.1. MUESTRA 11 CAPÍTULO I 12 MARCO TEÓRICO Y CONTEXTUAL 12 I.MARCO TEÓRICO 12 1.1. El matrimonio 12 1.1.1. Definición del Matrimonio 12 1.1.1.1. Perspectiva Jurídica y Social del Matrimonio 12 1.1.1.2. Naturaleza Jurídica del Matrimonio 13 1.1.1.3. Clases de Matrimonios 14 1.1.1.4. Efectos del Matrimonio 15 1.1.1.5. La Relación Libre o, de Hecho 15 1.1.1.6. Matrimonio entre personas del mismo sexo 16 1.1.2. Perspectiva Crítica sobre el Matrimonio Homosexual desde Enfoques Científicos, Racionales y Jurídicos 18 1.1.2.1.Doctrina que considera inadmisible el matrimonio homosexual desde la perspectiva religiosa. 18 1.1.2.2. La familia Homosexual 20 1.1.2.3. El derecho a adopción 21 1.1.2.4. La población con diversa orientación e identidad sexual 22 1.1.2.5. Injusticias y Crímenes de Odio 22 1.1.2.6. La seguridad en la población con diversa orientación e identidad sexual en Europa. 23 1.1.2.7. La seguridad en la población con diversa orientación e identidad sexual en Asia. 24 1.1.2.8. La seguridad en la población con diversa orientación e identidad sexual en África. 26 1.1.2.9. La seguridad en la población con diversa orientación e identidad sexual en América. 27 1.1.2.10. La seguridad para la población con diversa orientación e identidad sexual en Bolivia………………………………………………………………………………………………….28 II. MARCO CONTEXTUAL 33 2.1. Contexto Socio Político del Estado Plurinacional de Bolivia 33 2.1.1.1. La Protección de los Derechos LGTBIQ+ en Bolivia 34 2.1.1.2. El Reconocimiento de la Diversidad Sexual en la Actual Constitución Política del Estado. 35 2.1.1.3. Implementación y Desafíos de las Normas sobre Diversidad Sexual 36 2.1.1.4. Derechos humanos y la seguridad jurídica sobre la orientación sexual e identidad de género en el Estado Plurinacional. 37 2.1.1.5. LEY N°045 LEY DE 8 DE OCTUBRE DE 2010 39 2.1.1.6. DECRETO SUPREMO Nº 0189 39 2.1.1.7. DECRETO SUPREMO Nº 0213 40 2.1.1.8. INSTRUCTIVA Nº006/2009 42 2.1.1.10. DECRETO SUPREMO 1022 42 2.1.1.11. Sentencia Constitucional Plurinacional 0577/2022-S2 43 2.1.1.12. Procedimiento de reforma constitucional establecido en la CPE y la Ley 254 44 2.1.2. Conceptos que sustenta los límites de la seguridad jurídica población con diversa orientación sexual e identidad de género en el Estado Plurinacional 44 2.1.2.2. Libertad 45 CAPÍTULO II 52 DIAGNÓSTICO 52 2.1. Caracterización general 52 2.1.1. Objetivo 52 2.1.2. Población Estudiada y Métodos Aplicados 52 2.1.3. Análisis e interpretación de las encuestas realizadas 53 2.1.4. Resultados obtenidos de la entrevista 67 CAPÍTULO III 82 PROPUESTA DE REFORMA PARCIAL DEL ART.63 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, PARA GARANTIZAR PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS A LA POBLACIÓN CON DIVERSA ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO. 82 3.1. Introducción 82 3.2. Estructura del modelo teórico 83 3.3. Enfoque teórico 83 3.3.1. Caracterización de los componentes 83 3.3.2. Relación entre los componentes. 84 3.4. Fundamentación de la Propuesta 86 3.5. Objetivo de la Propuesta 88 3.6. PLANIFICACIÓN DE LA PROPUESTA 95 3.6.1. Orientaciones metodológicas para su aplicación. 97 3.6.2. Estrategias de evaluación a la propuesta. 98 CAPÍTULO IV 99 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 99 BIBLIOGRAFÍA 102
El presente trabajo de investigación se centra en analizar los efectos que la aplicación del artículo 63 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia tiene sobre la seguridad jurídica de la población con diversa orientación sexual e identidad de género. Dicho artículo establece que el matrimonio solo puede realizarse entre un hombre y una mujer, basándose en la igualdad de derechos y deberes de ambos cónyuges. Además, señala que las uniones libres o de hecho entre una mujer y un hombre que cumplan con las condiciones de estabilidad y singularidad, y que no presenten impedimentos legales, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil. Estos efectos abarcan tanto las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como los derechos y responsabilidades respecto a los hijos adoptados o nacidos de dichas uniones. Sin embargo, la redacción del artículo 63 excluye cualquier reconocimiento legal para las uniones entre personas del mismo sexo, generando una situación de discriminación y falta de seguridad jurídica para la población con orientación sexual e identidad de género diversa. Esta exclusión limita el acceso de estas personas a derechos fundamentales, como el derecho al matrimonio o la unión civil, impidiendo que dichas parejas puedan ser reconocidas legalmente y accedan a derechos como el de sucesión hereditaria, protección patrimonial, entre otros. El análisis realizado en esta investigación examina cómo las normativas derivadas de la Constitución, al no reconocer las relaciones entre personas del mismo sexo, vulneran el principio de no discriminación, consagrado en la misma Constitución. A través de un estudio de las normas existentes y de la percepción de la población afectada, se evidencia que la falta de reconocimiento de los derechos de las parejas del mismo sexo perpetúa la inseguridad jurídica y la exclusión social. Este trabajo propone una reforma parcial del artículo 63, que permita reconocer legalmente las uniones entre personas del mismo sexo, equiparando sus derechos con los de las parejas heterosexuales. De esta manera, se busca garantizar la seguridad jurídica de toda la población sin importar su orientación sexual o identidad de género, promoviendo una sociedad más justa e inclusiva, en consonancia con los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.